Reclamamos para ti las indemnizaciones que la ley te otorga: daño emergente, lucro cesante, daño moral y mucho más allá del SOAT. Solo cobramos cuando ganamos tu caso.
El SOAT solo cubre una mínima parte. Estas son las reclamaciones que la ley colombiana te permite hacer:
Cifras según jurisprudencia del Consejo de Estado. El monto exacto depende de tu caso.
El SOAT es apenas el primer paso. La ley colombiana te otorga derecho a reclamar varios tipos de perjuicios que la mayoría de víctimas no conoce y termina perdiendo.
Todos los gastos efectivamente desembolsados a causa del accidente: gastos médicos, hospitalarios, medicamentos, terapias, prótesis, traslados, reparación del vehículo, vestuario dañado, etc.
Lo que dejaste de ganar mientras estuviste incapacitado, o lo que dejarás de ganar a futuro si quedaste con secuelas que afectan tu capacidad laboral. Aplica también a trabajadores independientes.
Indemnización por el sufrimiento, dolor, angustia y aflicción que causa el accidente. Lo establece la jurisprudencia y puede llegar hasta 100 SMLMV (o más en casos extremos), por cada víctima directa o sus familiares cercanos.
Cuando el accidente te impide o limita realizar actividades placenteras de la vida cotidiana (deporte, recreación, vida sexual, vida familiar, social). También indemnizable según lineamientos del Consejo de Estado.
El SOAT cubre algunos gastos médicos hasta unos topes legales y una pequeña suma por incapacidad o muerte. Pero el responsable del accidente (o su aseguradora) debe indemnizar todo lo demás: la diferencia médica, lo que dejaste de ganar, el daño moral y los demás perjuicios. Esa reclamación adicional es la que la mayoría de víctimas pierde por desconocimiento o por no saber a quién acudir.
Trabajamos bajo la modalidad de cuota litis: tú no nos pagas un peso por anticipado ni durante el proceso. Solo cobramos un porcentaje cuando recibes tu indemnización. Si no ganamos, no cobramos.
Esto significa que el riesgo es nuestro, no tuyo. Solo aceptamos casos donde estamos convencidos de que vamos a ganar, y luego trabajamos con todo para conseguirlo.
Si fuiste víctima como conductor, pasajero, peatón o ciclista, podemos ayudarte. Atendemos también a familiares de víctimas fatales.
Sin trámites complicados de tu parte. Tu rol es informarnos lo que pasó y firmar cuando corresponda. El resto lo hacemos nosotros.
Nos escribes por WhatsApp, llamada o el formulario. Hacemos una primera evaluación gratuita: si tienes caso, te lo decimos. Si no, también.
Si decides avanzar, firmamos el contrato de cuota litis (porcentaje claro y por escrito) y el poder para representarte. Cero anticipos.
Reclamamos a aseguradora y/o responsable. Si llegan a un acuerdo justo, firmamos conciliación. Si no, vamos a juicio sin que pagues más.
Cuando recibes la indemnización, descontamos el porcentaje pactado. Si no se gana, no cobras pero tampoco pagas.
Estos no son casos individuales reales sino ejemplos representativos basados en jurisprudencia del Consejo de Estado y montos comúnmente reconocidos en accidentes de tránsito en Colombia. Cada caso es único y los resultados varían.
Atropellado por vehículo particular en intersección. Conductor con SOAT y póliza voluntaria.
Lesiones graves, secuelas permanentes parciales. Vehículo de servicio público responsable.
Padre de familia fallecido en accidente. Tres dependientes económicos. Conductor con seguro.
⚠️ Importante: Estos rangos son referenciales y se basan en jurisprudencia común del Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia. El monto real depende de pruebas, gravedad de las lesiones, capacidad económica del responsable, póliza vigente y otros factores. Solo después de evaluar tu caso podemos darte una estimación específica.
Hablas con un abogado, no con un asesor que repite un guion. Tu caso lo atiende una persona que va a estar contigo de principio a fin.

Director de la firma. Acompaña procesos de responsabilidad civil extracontractual y reclamaciones por accidentes de tránsito, con amplia trayectoria en el ámbito civil colombiano.

Abogado senior con experiencia en litigios civiles. Maneja negociaciones con aseguradoras y procesos contenciosos.
Sí. El SOAT solo cubre una parte (gastos médicos hasta unos topes y montos pequeños por incapacidad o muerte). Eso no impide que reclames la diferencia y los demás perjuicios al responsable del accidente o a su aseguradora. Son reclamaciones complementarias, no excluyentes.
El responsable sigue siéndolo, tenga o no seguro. Si no tiene capacidad económica suficiente, podemos estudiar otras vías: el Fondo de Responsabilidad Civil de Vehículos Automotores (en algunos casos), seguros del propietario del vehículo (no solo del conductor), o procesos contra el dueño del vehículo si es persona o empresa diferente al conductor. Cada caso se evalúa.
Existe la figura de la concurrencia de culpas: si tienes responsabilidad parcial, la indemnización se reduce en proporción a tu grado de culpa, pero no se elimina. Por ejemplo, si tu culpa se determina en el 30%, podrías recibir el 70% de la indemnización total. Vale la pena evaluar.
Depende mucho de si hay acuerdo con la aseguradora o si toca ir a juicio. Una negociación directa con una aseguradora seria puede tomar entre 3 y 9 meses. Un proceso judicial completo puede tomar entre 1 y 3 años. Te informamos en cada etapa cómo va y qué se espera.
Sí, y es importante: en términos generales, la acción civil de responsabilidad por hechos derivados de accidentes de tránsito prescribe en 3 años contados desde el hecho (puede haber variaciones según el tipo de acción). Si ya pasó tiempo desde tu accidente, no esperes más: contáctanos para evaluar antes de que prescriba.
Trabajamos por cuota litis. Eso significa que no pagas nada por adelantado: cobramos un porcentaje de la indemnización solo cuando se obtenga. El porcentaje se acuerda al inicio, queda por escrito y depende de la complejidad del caso. Si no se obtiene indemnización, no cobramos honorarios.
Lo ideal es que tengas: informe policial o IPAT del accidente, historia clínica y soportes médicos, recibos de gastos relacionados, evidencias del lucro cesante (certificación laboral, declaración de renta si eres independiente), fotos del lugar y los daños, datos del otro vehículo y del conductor responsable, póliza SOAT y seguro voluntario si aplica. Si te faltan algunos, los conseguimos por ti.
Atendemos accidentes ocurridos en cualquier ciudad de Colombia. Tenemos sedes físicas en Bucaramanga, Bogotá y Barrancabermeja. Si tu caso es en otra ciudad, podemos manejarlo de forma remota y, si toca audiencia, asistimos virtualmente o nos desplazamos según el caso.
Una llamada o un mensaje no te comprometen a nada. Evaluamos tu caso de manera honesta y te decimos exactamente qué se puede hacer y cuánto se puede reclamar. No pagas nada por la consulta inicial.
Confidencial. Te respondemos en menos de 2 horas hábiles.